Seguro de préstamo cuando uno de los dos no trabaja
¿Padre o madre en el hogar, sin ingresos profesionales? Bancos y aseguradoras suelen negarse. Buscamos una solución para que ambos prestatarios estén cubiertos.
Podemos ofrecer cobertura de fallecimiento, PTIA, ITT e IPT a la pareja sin actividad profesional, y una cuota de cobertura del 100 % para cada uno de los dos prestatarios, sujeta a la aceptación de la aseguradora.
El problema
Cuando uno de los dos prestatarios no trabaja (padre o madre en el hogar, sin ingresos profesionales), muchas aseguradoras y bancos se niegan a asegurarlo o solo ofrecen cobertura de fallecimiento y PTIA. Esto puede bloquear un préstamo o dejar a uno de los dos mal protegido.
Nuestro enfoque
- Podemos ofrecer cobertura de fallecimiento, PTIA, ITT e IPT a la pareja que no trabaja, sujeta a aceptación
- Es posible una cuota del 100 % para cada uno de los dos prestatarios si desea protegerlos plenamente
- Comparamos y comprobamos lo que exige su banco
Conviene saber
La cobertura de una persona sin ingresos profesionales se valora de forma distinta a la de un asalariado. Le explicamos las condiciones y exclusiones antes de que decida.
Cómo funciona
- Nos contacta por teléfono, WhatsApp, correo electrónico o en la agencia: análisis gratuito y sin compromiso.
- Nos envía sus documentos: oferta de préstamo, contrato de seguro actual (si lo hay), cuadro de amortización, documento de identidad o pasaporte.
- Estudiamos su situación y buscamos soluciones con las aseguradoras que podemos ofrecerle.
- Usted elige y nosotros nos ocupamos de los trámites con su banco.
Preguntas frecuentes
¿Se puede asegurar a la pareja que no trabaja?
Podemos ofrecer cobertura, incluidos fallecimiento, PTIA, ITT e IPT, sujeta a la aceptación de la aseguradora.
¿Puede cada prestatario estar cubierto al 100 %?
Es posible una cuota del 100 % para cada prestatario si desea protegerlos plenamente, sujeta a aceptación.
¿Vale también para no residentes?
Sí, podemos estudiar ambas situaciones a la vez. Consúltenos.
Ver también
Información general, no constituye asesoramiento jurídico. Las coberturas y su aceptación dependen de su perfil, de su proyecto y de la decisión de la aseguradora.